¿Qué es PROFEDET?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es una institución del Gobierno de México que pertenece a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y se integra por un equipo de abogadas y abogados gratuitos que defienden los derechos laborales y de seguridad social de las personas trabajadoras y beneficiarias, así como de los sindicatos. 

 

¿Cuáles son los servicios que ofrece PROFEDET para defender mis derechos laborales? 

        1. Asesoría: si tienes dudas sobre tus derechos laborales o algún problema relacionado con la vulneración de un derecho laboral, te brindamos asesoría cuando acudes presencialmente a PROFEDET. Nuestro personal te escucha, resuelve tus dudas y te explica tus derechos y tus obligaciones como persona trabajadora, beneficiaria o como sindicato. Dependiendo del caso, en la asesoría podemos realizar un cálculo del dinero que, aproximadamente, te corresponde por las prestaciones a las que tienes derecho.
        2. Asistencia en la conciliación: con la reforma laboral de 2019, la mayoría de los conflictos laborales deben buscar la conciliación, es decir, acuerdos amistosos entre las personas trabajadoras y sus empleadores. 

          Si tu asunto tiene que pasar por un proceso conciliatorio, la PROFEDET te asesora, te ayuda a tramitar tu conciliación y, si así lo deseas, acude contigo a la audiencia de conciliación para asistirte en todas tus dudas y seguir asesorándote. 

          En materia federal, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) es el árbitro en este procedimiento.

        3. Representación jurídica: si tu asunto no se arregla amistosamente o la ley no establece que se deba conciliar, entonces tu problema laboral se llevará ante los tribunales laborales federales para que un juez determine quién tiene la razón en el conflicto. Para ello, seremos tus abogados gratuitos ante los tribunales, de principio a fin: desde la asesoría, la elaboración y la presentación de la demanda hasta la conclusión del juicio.

 

¿Qué es un juicio laboral?

Es un pleito jurídico entre dos partes, principalmente entre persona trabajadora y patrón, el cual inicia con la presentación de una demanda ante los tribunales laborales. El conflicto será solucionado por un juez que, de acuerdo con la ley, determinará quién tiene la razón.

Cuando acudas con nosotros y sea necesario iniciar un juicio, el personal de la procuraduría determinará cómo llevarlo conforme a la ley y te proporcionará representación legal gratuita ante los tribunales laborales federales.

 

¿Por qué elegir a PROFEDET en vez de a un abogado particular?

      • Porque somos una institución del Gobierno de México con 95 años de experiencia y profesionalismo en la defensa de los derechos laborales de las personas trabajadoras y beneficiarias, así como de los sindicatos.
      • Nuestros servicios son gratuitos.
      • A diferencia de los abogados o despachos particulares, PROFEDET no te cobra por sus servicios y te entrega la totalidad de los beneficios obtenidos cuando se resuelve tu asunto de manera favorable. 
      • Nuestro personal responderá todas tus dudas acerca de tus derechos laborales y de seguridad social. 
      • Te asistiremos en tu proceso conciliatorio, si así lo decides, para resolver cualquier duda que tengas en ese momento.
      • Si es necesario presentar un juicio ante los tribunales laborales para defender tus derechos, seremos tus abogados gratuitos que defenderán tu caso.

 

¿Cuál es la diferencia entre PROFEDET y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL)?

Se trata de instituciones distintas. PROFEDET es la institución que aboga y defiende a las personas trabajadoras. El CFCRL es un árbitro imparcial en el proceso de conciliación.

El Centro guía el proceso de conciliación para que las partes lleguen a un acuerdo, mientras que PROFEDET aboga, exclusivamente, por las personas trabajadoras y beneficiarias, así como los sindicatos, siempre protegiendo sus derechos laborales, desde la asesoría, la asistencia en el proceso conciliatorio y, si no se arregla el conflicto de manera amistosa o la ley no establece que se deba conciliar, presentando un juicio ante los tribunales laborales.

PROFEDET se encuentra dentro de las oficinas del CFCRL en el país, así que cuando acudas a ellas, pregunta siempre por PROFEDET.

 

¿Quién puede acudir a PROFEDET?

Cualquier persona trabajadora, beneficiaria o sindicato puede acudir a PROFEDET para que resolvamos sus dudas y le expliquemos sus derechos laborales y las vías que tienen para defenderlos.

 

¿Una persona distinta a mí puede solicitar el servicio de PROFEDET en mi nombre?

No, porque nuestros servicios son personalizados y es necesario que nuestro equipo conozca tu problemática a detalle sin la intervención de terceros que pudieran aprovecharse de tu situación.

 

¿PROFEDET me puede atender por medios digitales?

Contamos con:

        • Facebook
        • X (antes Twitter)
        • Instagram
        • Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 
        • WhatsApp: 5514848737

Ahí te podemos dar información general sobre tus derechos laborales. Sin embargo, para brindarte una asesoría específica te pediremos que asistas a la oficina más cercana a tu domicilio. En la pregunta “¿Cómo saber cuál es la oficina de PROFEDET más cercana a mi domicilio?” encontrarás un mapa interactivo para que ubiques la oficina más cercana a tu domicilio.

 

¿PROFEDET me puede atender por vía telefónica?

Comunícate sin costo con nosotros. Estamos para servirte:

          • 800 717 2942
          • 800 911 7877

 

¿Cómo saber cuál es la oficina de PROFEDET más cercana a mi domicilio?

Sencillo, en el siguiente enlace podrás identificar la oficina de PROFEDET más cercana a ti en cualquier parte del país: Oficinas PROFEDET 

 

¿En mi primera visita a PROFEDET necesito llevar algún documento para ser atendido? 

Aunque no es necesario que en tu primera visita presentes documentación, sería de apoyo traer los siguientes documentos:

        • Identificación oficial (por ejemplo, tu INE)
        • Número de Seguridad Social del IMSS. Nota: si eres persona beneficiaria, trae el Número de Seguridad Social de tu familiar, o de la persona fallecida.

En nuestra página web encontrarás los documentos que te recomendamos traer, dependiendo del problema o duda que tengas. Cuando acudas a PROFEDET se va a analizar tu asunto y se te indicará si se requiere algún documento adicional, si no cuentas con él, también te diremos cómo puedes obtenerlo.

 

¿En qué días y horarios me atiende PROFEDET? 

El servicio es de lunes - viernes de 9 a.m. - 6:00 p.m.

 

¿Cuál es la diferencia entre la competencia federal y la competencia local en materia del trabajo?

La Constitución y la Ley Federal del Trabajo establecen un listado de ramas de la industria que corresponden a la materia federal. Todo lo que no es federal pertenece a la materia local. 

El listado de las ramas de la industria en materia laboral de competencia federal es el siguiente:

        • Textil
        • Eléctrica
        • Cinematográfica
        • Hulera
        • Azucarera
        • Minera
        • Metalúrgica y siderúrgica
        • Hidrocarburos
        • Petroquímica
        • Cementera
        • Calera
        • Automotriz
        • Química
        • Celulosa y papel
        • Aceites y grasas vegetales
        • Productora de alimentos
        • Bebidas
        • Ferrocarrilera
        • Maderera
        • Vidriera
        • Tabacalera
        • Servicios de Banca y Crédito
        • Empresas del gobierno federal
        • Aquellas empresas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal

Todas las materias que no están en este listado pertenecen a la competencia local.

En la pregunta “¿En qué casos me puede ayudar PROFEDET?” encontrarás información más a detalle sobre la competencia federal y local.

 

¿PROFEDET me puede ayudar en cualquier tipo de conflicto laboral, federal o local?

Si bien nuestra competencia es federal, sin importar si tu asunto laboral es de competencia local o federal, podemos resolver tus dudas y orientarte para que sepas sobre tus derechos y a qué instancias puedes acudir para su defensa. 

Si tu conflicto es de competencia federal, PROFEDET te asesora, te asiste en la conciliación y te representa.

Tu conflicto es de competencia federal, si el servicio o la actividad de la empresa para la que trabajas pertenece a alguna de las siguientes ramas industriales. Hemos puesto algunos ejemplos en cada una de ellas, para que sea más sencilla su identificación. 

Textil, empresas dedicadas a la fabricación de hilo y telas, por ejemplo, hilos industriales Ancora, hilos Cerón.

Eléctrica, empresas que se dedican a la generación y distribución de electricidad, como CFE, Iberdrola Generación México, S. A. de C.V., Frontera México Generación S. de R. L. de C. V.

Cinematográfica, empresas dedicadas a la producción, distribución y proyección de películas, como Cinépolis, Cinemex y Productora Corazón Films.

Hulera, empresas dedicadas a la fabricación de llantas, como Bridgestone, Continental, Pirelli, Goodyear, Michelin.

Azucarera, empresas dedicadas a la producción de azúcar, como los ingenios azucareros, las Margaritas, San Francisco y Tala en Jalisco, Lázaro Cárdenas Michoacán, Menchaca en Nayarit.

Minera, empresas dedicadas a la extracción de minerales, como Grupo México y Peñoles.

Metalúrgica y siderúrgica, empresas dedicadas a la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de estos, así como, la obtención del hierro metálico y acero en todas sus formas, ligas y los productos laminados, como Altos Hornos de México y Arcelor Mittal México.

Hidrocarburos, empresas dedicadas a la producción de gasolina, diésel, gas, etc., como Pemex, Saudí Aramco, Exxon Mobil y Gazprom.

Petroquímica, empresas dedicadas a la extracción de combustibles fósiles, como Pemex Petroquímica, Grupo Petroquímico Beta y ExxonMobil.

Cementera, empresas dedicadas a la fabricación de las mezclas, de la caliza y arcilla calcinada y molida, como CEMEX, Cruz Azul, Holcim Apaxco y Cementos Moctezuma.

Calera, empresas dedicadas a la calcinación de piedra caliza, como Grupo Calidra, Calera Zacatecas, La Calera, Calera Beltrán, Cales y Morteros del Grijalva, S. A. de C. V., Cal de Apasco y Calidra de Occidente.

Automotriz, empresas dedicadas a la fabricación de automóviles y autopartes, mecánica o eléctrica. Se refiere a la construcción de vehículos y sus autopartes, como Volkswagen, General Motors, Honda, Mazda y Audi.

Química, empresas dedicadas a la fabricación de productos químicos, incluida la farmacéutica y medicamentos, como Pharmachem, Pfizer y Novartis.

Celulosa y papel, empresas dedicadas a la producción de celulosa y papel, como Papel y Cartón de México, Cartones Ponderosa, Celulosa y Corrugados de Sonora, Coparmex, S. A. de C. V.  y Kimberly Clark de México.

Aceites y grasas vegetales, empresas dedicadas a la producción de aceites y grasas comestibles, como Unilever de México S. A. de C. V., Capullo, Aceites, Grasas y Derivados, S. A. de C. V.  y Grupo Aceites de Mayo S. A. de C.V.

Productora de alimentos, empresas dedicadas a la producción de alimentos, abarcando, exclusivamente, la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados al alto vacío o que se destinen a ello, como Herdez, la Costeña, Nestlé, Grupo BIMBO, Sigma Alimentos y Grupo Lala.

Bebidas, empresas dedicadas a la elaboración de bebidas que sean envasadas y enlatadas como PepsiCo México, Coca Cola Femsa, Grupo Peña Fiel y Aga Corporativo.

Ferrocarrilera, empresas ferrocarrileras, por ejemplo, Ferromex, Ferrosur, CKCSM, Ferrovalle y Tren Maya.

Maderera, empresa dedicada a la madera básica que comprende la producción de aserraderos y la fabricación de triplay y aglutinados de madera, como Grupo Maderero de la Reforma S. A. de C. V., Didsa y Aserradero La Ermita.

Vidriera, empresas dedicadas exclusivamente a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, como Botellas Guadalajara S. A. de C.V., Botellas y Tapas Cristal S. A. de C. V., Arca Continental y Vitro Envases.

Tabacalera, empresas que comprenden el beneficio o la fabricación de productos del tabaco, como British American Tobacco México, Philip Morris México y Japan Tobacco México.

Servicios de Banca y Crédito, como Banco Santander, HSBC, BBVA y Banco del Bajío.

Empresas del gobierno federal, como IMSS, Pemex, Infonavit, Servicio Postal y Birmex.

Aquellas empresas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal, como Televisión Azteca, Televisa, Grupo Radio Centro, Aeroméxico y Teléfonos de México.

Aquellas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación.

Recuerda: todo lo que no sea competencia federal, entonces será competencia local.

 

¿Cómo puedo saber si mi conflicto laboral es de competencia local?

Tu asunto es de competencia local si no se encuentra listado en la Constitución en su artículo 123, apartado A, fracción XXXI, inciso a). 

En la pregunta ¿PROFEDET me puede ayudar en cualquier tipo de conflicto laboral, federal o local?” encontrarás el listado completo, con ejemplos, de la materia federal. Por regla, todo lo que no es federal, es local

Algunos ejemplos de asuntos de competencia local son los de los trabajadores de la industria restaurantera, cafeterías, bares, taquerías, supermercados, tiendas de conveniencia, ferreterías, hoteles, constructoras, escuelas privadas, hospitales privados, mueblerías, tiendas de electrodomésticos, de ropa y/o zapatos, jugueterías, pastelerías, panaderías, centros de belleza, peluquerías, tiendas de cosméticos, librerías, tortillerías, inmobiliarias, actividades de agricultura, ganadería, pesca, agencias de viajes y demás actividades en las que exista una relación laboral.

 

¿Cuánto tiempo tiene la empresa o la persona para la que trabajo para inscribirme en el IMSS y cubrir con ello mi derecho a la seguridad social?

Si ya estás trabajando, tu empleador tiene 5 días hábiles, desde que entraste a trabajar, para registrarte en el IMSS.

Es responsabilidad de las y los empleadores inscribir a sus empleados en el IMSS. Esto te brinda acceso a beneficios como atención médica en hospitales, la posibilidad de obtener un crédito para vivienda y una pensión en el futuro, siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios establecidos en la ley. El registro en el IMSS debe reflejar el salario real que recibes.

Tu empleador debe actualizar tu registro si tu salario aumenta y dar de baja a los empleados cuando finaliza su relación laboral.

Si no estás registrado, se está violando tu derecho a la seguridad social. Debes informar inmediatamente al IMSS para que tu empleador te inscriba y cumpla con el pago retroactivo por el tiempo que hayas trabajado sin seguridad social, así, se asegura tu derecho mientras continúes laborando para él. Si requieres más información, ingresa aquí.

 

¿Qué puedo hacer si mi patrón no me tiene inscrito en el seguro social?

Si no estás inscrito en el seguro social y requieres más información, ingresa aquí.

Si tienes dudas respecto a este tema, acude a PROFEDET, aquí te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.  Puedes solicitar orientación por los siguientes medios:

        • Vía telefónica: 800 717 2942 y 800 911 7877
        • Facebook
        • X (antes Twitter)
        • Instagram
        • Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 
        • WhatsApp: 5514848737

 

¿Qué debo hacer si sufrí un accidente en mi trabajo?

Si sufriste un accidente durante tu jornada laboral, tienes que ir de inmediato a la clínica del IMSS en la que estás dado de alta. Recuerda solicitar el formato ST-7 en la oficina de medicina del trabajo, esto servirá para que puedas solicitar tu incapacidad laboral.

Nota: si es una emergencia, deberás acudir a la clínica del IMSS más cercana.

Si requieres más información respecto al trámite, da clic aquí.

 

¿PROFEDET defiende a los trabajadores al servicio del Estado?

No, PROFEDET no es competente para defender a los trabajadores al servicio del Estado. Sin embargo, si este es tu caso, acude a la Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado (PRODETSE). Para más información ingresa aquí.

 

¿PROFEDET puede realizar inspecciones a las empresas que no respetan los derechos laborales?

No, las inspecciones laborales a nivel federal están a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo. Para conocer más, ingresa aquí.

Por su parte, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es la institución del Gobierno de México que, de manera gratuita, asesora, asiste en la conciliación y defiende en juicio ante tribunales laborales a las personas trabajadoras y beneficiarias, así como a los sindicatos, en la protección de sus derechos laborales, pero no inspecciona.

 

Dice mi patrón que puede despedirme en cualquier momento, ¿esto es cierto?

No, como persona trabajadora tienes derecho a tu estabilidad laboral. Si tu patrón da por terminada la relación de trabajo sin que exista una causa justificada se considera un despido.

La Ley Federal del Trabajo establece cuáles son las causas por las que tu patrón puede terminar la relación de trabajo, a esto se le conoce como rescisión. Algunos ejemplos son:

      • Presentar certificados falsos o referencias en las que se señalen capacidades, aptitudes o facultades de las que se carezca.
      • Dañar intencionalmente edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.
      • Realizar actos que pongan en peligro la seguridad del establecimiento y/o de las personas que en ese momento se encuentren en él.
      • Hostigar y/o acosar sexualmente a cualquier persona en el lugar de trabajo.
      • Revelar secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado y que perjudiquen a la empresa.
      • Faltar a trabajar más de 3 veces sin justificación en un lapso de 30 días, sin causa justificada o permiso del patrón.
      • Desobedecer al patrón, sin causa justificada, siempre que se trate de cuestiones relativas al trabajo para el que se está contratado.
      • No cumplir con las medidas preventivas o los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
      • Asistir a trabajar alcoholizado y/o drogado.
      • Tener sentencia con pena de prisión.
      • No contar con los documentos requeridos por ley para desempeñar el trabajo.

Te recomendamos leer los apartados de despido y rescisión.

Para saber más respecto a este tema, acércate a PROFEDET, para que te brindemos asesoría gratuita sobre tus derechos y obligaciones como persona trabajadora. Contáctanos.

 

Si soy una persona trabajadora embarazada, ¿qué derechos laborales me corresponden?

Si estás inscrita en el IMSS y tienes al menos 30 semanas cotizadas, tienes derecho a recibir tu salario, la atención médica y el pago de incapacidades durante el periodo de gestación y alumbramiento. 

Si trabajas y no estás inscrita en el IMSS y necesitas saber más respecto a este tema, acércate a PROFEDET, donde te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora. Contáctanos.

 

¿Cómo puedo ejercer mi derecho al permiso por paternidad? 

Sin importar el tiempo que lleves laborando en tu centro de trabajo, si estás por tener o adoptar un hijo, tu patrón debe otorgarte 5 días de permiso por paternidad.

Para saber más respecto a este tema, acércate a PROFEDET, para que te brindemos asesoría gratuita sobre tus derechos y obligaciones como persona trabajadora. Contáctanos.

 

¿Qué sucede si no tengo un contrato de trabajo?

No te preocupes si no tienes un contrato de trabajo, aunque la Ley Federal del Trabajo establece que siempre que trabajes para un patrón este debe proporcionarte un contrato firmado, la ausencia de este, no te priva de los derechos que tienes como persona trabajadora. De hecho, la responsabilidad por no tener un contrato recae en el patrón.

Si tienes dudas respecto a este tema, acude a PROFEDET, aquí te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora. Contáctanos.

 

Si soy persona trabajadora del hogar ¿tengo derecho a tener seguro social? 

Las personas trabajadoras del hogar, así como cualquier otra persona trabajadora, tienen derecho a estar inscritas en el seguro social y a recibir sus beneficios. Es una obligación de los patrones hacer y pagar dicha inscripción.

Si no estás inscrita en el seguro social, exige a tu patrón que te inscriba. Si requieres más información, ingresa aquí.

Si tienes más dudas sobre este tema, acude a PROFEDET, aquí te brindamos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como persona trabajadora.  Contáctanos.

 

Soy gerente de una empresa, ¿podría formar parte de un sindicato? 

Al ser gerente de una empresa eres una persona trabajadora de confianza. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las personas trabajadoras con plazas de confianza no pueden formar parte de los sindicatos de los trabajadores generales. Sin embargo, sí puedes formar tu propio sindicato con otros trabajadores de confianza, siempre y cuando, se cumplan los requisitos marcados por la ley.

Si tienes más dudas respecto a este tema, en PROFEDET te ofrecemos asesoría gratuita para entender tus derechos colectivos. Contáctanos.

 

¿Mi empleador me puede descontar u obligar a pagar por mi uniforme o herramientas de  trabajo?

No, el patrón está obligado a proporcionar a todos sus empleados, los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución de su trabajo. 

Si tienes más dudas respecto a este tema, en PROFEDET te ofrecemos asesoría gratuita para entender tus derechos y obligaciones como trabajador. Contáctanos.

 

Si mi familiar falleció y estaba dado de alta en el IMSS o era un trabajador activo inscrito a la seguridad social, ¿a qué tengo derecho?

Si falleció uno de tus familiares, quizá podrías tener derecho a recibir una pensión o a que te devuelvan los recursos de su cuenta de Afore, siempre y cuando, cumplas con los requisitos señalados por la ley.

Además, si uno de tus familiares falleció y trabajaba para una empresa, podrías tener derecho al pago de las prestaciones que generó en vida y que su patrón le adeudaba. Por ejemplo, el finiquito.

Si tienes más dudas, en PROFEDET te ofrecemos asesoría gratuita para entender tus derechos como persona beneficiaria de un trabajador fallecido. Contáctanos.

 

¿Cuál es el avance del juicio que tengo en PROFEDET? 

Con el fin de proteger tu información, únicamente se atenderá al titular del juicio a través de una llamada telefónica en los siguientes números: 800 717 2942 y 800 911 7877. También existe la opción de comunicarte a los números que aparecen en el mapa interactivo, o bien, puedes visitar nuestras oficinas.

 

¿Cómo puedo saber cuál es mi Afore y cuánto dinero tengo ahorrado en ella para mi pensión? 

Puedes encontrar más información acerca de tu cuenta de Afore aquí.

Si tienes 65 años y tienes algún problema para disponer de los fondos de tu Afore, en PROFEDET te brindamos asesoría gratuita para solicitarlos. Contáctanos

 

Fui víctima de un acto de corrupción por parte de un servidor público, ¿qué puedo hacer?

Si fuiste víctima o presenciaste algún acto de corrupción por parte de un funcionario público, acércate a la Secretaría de la Función Pública (SFP)

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