Atribuciones y Competencias de la PROFEDET en los Juicios Laborales


El juicio es el procedimiento jurídico que tiene como finalidad resolver una controversia. Este procedimiento se compone de diversas etapas en las que actúa como responsable la Junta. A continuación, se muestran las principales etapas del procedimiento.

Instrucciones de consulta: Para conocer las etapas del juicio da clic en número del lado izquierdo.


Objetivo del tema: Que los trabajadores conozcan las etapas que integran el juicio ordinario en materia laboral, así como las autoridades que intervienen en el mismo, (Junta de Conciliación y Arbitraje y Poder Judicial de la Federación).



1 Demanda

Previa asesoría al trabajador se integra su expediente y se turna para la elaboración y presentación de la demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA)

Responsable: Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

2 Radicación

La JFCA recibe la demanda, asigna número de expediente y dicta acuerdo de radicación (documento emitido por la JFCA) en el que señala día y hora para la celebración de la audiencia de ley.

Responsable: JFCA

3 Notificación

El acuerdo de radicación se debe notificar personalmente a las partes, con diez días de anticipación a la audiencia cuando menos.

Responsable: JFCA

4 Audiencia de Ley

Notificada la fecha de audiencia, el Procurador asignando acude a la JFCA para la celebración de la audiencia de ley.

Responsable: Procurador Asignado

5 Conciliación

Al iniciar la audiencia se invita a las partes a conciliar, pudiendo culminar el procedimiento con la celebración de un convenio, el que se aprueba por la Junta, y una vez cubiertas las obligaciones, se archiva el expediente (fin del juicio). De no existir conciliación, la Junta desahoga el procedimiento de la audiencia de ley y al concluir éste, cita a la audiencia de Ofrecimiento y Admisión de Pruebas.

Responsable:JFCA y Procurador asignado para el caso de convenio.

6 Audiencia de Pruebas

El Procurador asignado y el trabajador comparecen en la fecha señalada por la Junta a la audiencia de Ofrecimiento y Admisión de Pruebas. El Procurador en representación del trabajador y el demandado, ofrecen y objetan las pruebas ofrecidas por su contraparte.

Responsable:JFCA y Procurador asignado.

7 Audiencia de Diligencias para el desahogo de pruebas

La Junta señala fecha de audiencia o diligencia (actos o actividades) para el desahogo de las pruebas que lo requieran y que fueron admitidas conforme a derecho

Responsable:JFCA

El Procurador asignado y el trabajador acuden a las audiencias y diligencias que sean necesarias, para el desahogo de todas aquellas pruebas ofrecidas a favor del trabajador y las ofrecidas por el demandado.

Responsable:JFCA y Procurador asignado.

8 Cierre de Instrucción

La Junta verifica que todas las pruebas se desahoguen. Hecho lo anterior, declara cerrada la instrucción (indica que ya no hay pruebas pendientes por desahogar) y turna los autos a proyecto de resolución

Responsable:JFCA

9 Laudo

Cerrada la instrucción la Junta emite el laudo (resolución del juicio).

Responsable:JFCA

10 Juicio de Amparo

La Junta debe notificar el laudo al procurador asignado, en su carácter de apoderado del trabajador. Previo estudio y análisis determina la procedencia o improcedencia del juicio de amparo. En caso de proceder, se presenta el amparo a favor del trabajador

Responsable:JFCA y el Procurador asignado

11 Trámite de Juicio de Amparo

Si alguna de las partes presenta la demanda de amparo, la Junta la recibe, dicta acuerdo y ordena notificar personalmente al tercero perjudicado. La Junta rinde un informe justificado respecto del laudo a la autoridad de amparo (Tribunal Colegiado de Circuito o Juez de Distrito) y remite el expediente original a la que corresponda. La Junta emite interlocutoria de suspensión, en caso de proceder (acuerdo que ordena evitar que se ejecute el laudo), la cual se notifica a las partes.

Responsable:JFCA

12 Resolución de Amparo

La Junta recibe la resolución del amparo.

Responsable:JFCA

13 Seguimiento del Juicio de Amparo

El Procurador asignado da seguimiento a la demanda de amparo presentada y una vez resuelto, la Junta notifica a la PROFEDET la resolución. Si se concede el amparo, la Junta dicta un nuevo laudo y si se niega queda firme el laudo reclamado.

Si las partes no presentan demanda de amparo el laudo queda firme (ya no se puede combatir ni modificar).

Responsable:JFCA y Procurador Asignado

14 Nuevo Laudo

Si la Junta dicta un nuevo laudo, lo turna de nueva cuenta al actuario para que lo notifique personalmente a las partes.

Responsable:JFCA

15 Notificación del Laudo

La Junta notifica el nuevo laudo al Procurador asignado. Previo estudio y análisis determina la procedencia o improcedencia del juicio de amparo.

Responsable:JFCA y Procurador asignado

16 Incidente de Liquidación

En los casos en que sea necesario promover incidente de liquidación (determinación de la cantidad a pagar de las prestaciones obtenidas), la Junta señala fecha de audiencia para ofrecimiento y admisión de pruebas. Desahogadas las mismas, la Junta ordena se turne el expediente a proyecto de resolución.

En dicha audiencia la parte demandada puede exhibir una propuesta de pago y de ser aceptada por el actor, se fija la fecha de pago y una vez efectuado, se concluye el juicio.

De no haber propuesta de pago o de no aceptarse, la Junta dicta resolución, misma que puede ser impugnada por las partes a través del amparo.

Responsable:JFCA y Procurador asignado

17 Requerimiento de Pago

Si la Junta dicta un nuevo laudo lo turna de nueva cuenta al actuario para que lo notifique personalmente a las partes

Una vez que quede firme el laudo (ya no se puede combatir ni modificar), el Procurador asignado promueve ante la Junta auto de ejecución y/o incidente de liquidación para la cumplimentación del laudo, es decir obtener el pago de lo condenado a favor del trabajador.

Responsable:JFCA y Procurador asignado

18 Embargo

La Junta ordena el requerimiento de pago o el embargo de bienes suficientes para obtener el cumplimiento del laudo y comisiona al actuario para que realice el requerimiento de pago o embargo en compañía del actor y del Procurador asignado.

Responsable: JFCA, Actuario, Procurador asignado y actor.

19 Archivo del Expediente

Una vez cumplimentado el laudo la Junta ordena el archivo del expediente como asunto total y definitivamente concluido y el Procurador asignado realiza el archivo del expediente.

Responsable:JFCA y Procurador asignado

20 Tiempos

Los tiempos están sujetos a las cargas de trabajo de la Junta y disponibilidad de fechas de audiencias en su agenda. La falta de notificación de alguna de las partes, obliga a la Junta a señalar nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.

21 Acciones de los usuarios

Para el correcto seguimiento y trámite del juicio el usuario debe:

  • Comparecer en tiempo y forma a sus citas médicas y audiencias señaladas.
  • Proporcionar de manera oportuna los elementos de pruebas para acreditar su derecho, así como el original de los documentos que se le requieran.
  • Notificar oportunamente su cambio de domicilio, correo electrónico o teléfono.
  • Abstenerse de recibir notificaciones o promover por su propio derecho en su juicio.
  • No solicitar la asesoría o intervención de abogados o personas ajenas a la PROFEDET.
  • Dirigirse con respeto al personal de la PROFEDET.

  • Artículo 870 al 891 de la Ley Federal del Trabajo



  • Atribuciones y Competencias de la PROFEDET


    Beneficios de este tema:

  • Las personas conocerán los pasos que lleva un juicio ordinario en materia laboral.
  • Las personas sabrán que un juicio ordinario es un procedimiento largo, por lo cual, estarán conscientes que su laudo (sentencia) y el cobro del mismo, no es de forma inmediata, para que no adquieran obligaciones que no puedan cubrir (pedir prestado con intereses muy altos) y buscar trabajo de forma inmediata, para que puedan cubrir sus necesidades.
  • Tendrán mayor información para poder decidir si intentan un arreglo conciliatorio.


  • Descargar la información



    Contesta nuestra encuesta de satisfacción




    Última modificación :
    Viernes 13 de noviembre de 2018