La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), reitera que el Reparto de Utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
La prestación contempla a los trabajadores que, de forma continua o discontinua, hayan laborado al menos 60 días para una persona física con actividad empresarial durante el 2013, independientemente de si ya no laboran con ella o tenían contrato por obra determinada.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene el plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (29 de junio), para reclamar el pago de las utilidades.
La PROFEDET pone a disposición del público sus servicios gratuitos de orientación a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país, cuya ubicación puede obtenerse a través de la siguiente liga clic aquí:
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Miércoles 25 de Junio 2014
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