Cuando fallece una persona que se encontraba asegurada ante el IMSS, sus hijas e hijos tienen derecho a solicitar ante el IMSS una pensión de orfandad, la cual, consiste en una cantidad de dinero mensual y servicios médicos, siempre y cuando, los hijos cumplan con los requisitos que marca la Ley:
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- Ser menor de 16 años
- Ser mayor de 16 años y que no pueda mantenerse por su propio trabajo, debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, en tanto no desaparezca la incapacidad que padece
- Tener hasta 25 años y seguir estudiando en planteles oficiales y sin trabajo
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¿Cómo te ayuda PROFEDET?
Si tienes dudas o algún problema relacionado con la pensión de orfandad, acércate a PROFEDET. Te ofrecemos asesoría y representación jurídica GRATUITAS para que conozcas tus derechos y tus obligaciones como persona beneficiaria de una persona trabajadora fallecida.
Nuestro personal escucha con atención tus problemáticas y te explica tus derechos, las vías que tienes para defenderlos y resuelve tus dudas.
En problemáticas sobre pensión de orfandad, el personal de la procuraduría evaluará cuál es la acción legal que ayudará a resolver tu problema y te proporcionará representación jurídica gratuita, al presentar un juicio ante los tribunales laborales federales. Estamos contigo desde la presentación de la demanda hasta que se resuelve tu juicio.
¿Qué debes traer a PROFEDET en tu primera visita?
En tu primera visita te recomendamos que nos proporciones los siguientes datos y documentos:
- Identificación oficial de la persona interesada
- Acta de defunción de la persona trabajadora
- Acta de nacimiento de la persona interesada
- Constancia de semanas cotizadas en el IMSS, puedes obtenerla aquí
- Estado de cuenta de la Afore actualizado (con fecha de expedición no mayor a 3 meses)
En caso de contar con más datos o documentos relacionados con la problemática que presentas puedes traerlos. Una vez analizada tu problemática, te indicaremos si se requiere información adicional.